Ciudad de México.- En la Cámara de Diputados la Comisión de Justicia aprobó el dictamen que eleva a delito grave las actividades relacionadas con el robo de hidrocarburos, con lo que ameritarán prisión preventiva actos como no vender litros de a litro de gasolina o la comercialización de combustibles adulterados, según informa “El Economista”.
En su artículo tercero, el dictamen de la Comisión de Justicia añadió un párrafo tercero al artículo 5 de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos.
Ahí especifica que los imputados por la comisión de alguno de los delitos previstos en los artículos 8; 9, fracciones I, II y III, incisos b, c y d; 11; 12, fracciones II y III; 14, 15, 16, 17, 18 y 19 de esa ley durante el proceso penal estarán sujetos a prisión preventiva oficiosa.
¿Quiénes son sujetos de sanción?
La fracción I del artículo 16 señala que se sancionará bajo este nuevo régimen “a quien entregue o suministre gasolinas o diésel con conocimiento de que está entregando una cantidad inferior desde 1.5% a la cantidad que aparezca registrada por los instrumentos de medición que se emplean para su enajenación o suministro”.
En el caso del gas LP y el gas natural, la sanción será para quien entregue una cantidad 3% inferior a la pactada.
Sistemas de medición y “huachicoleo”
También, se considerará delito grave alterar los sistemas de medición para la entrega de cualquier derivado del petró
Recibiría prisión preventiva quien no venda “litros de a litro” de gasolina
leo, así como sustituir sustancias en los combustibles y alterar los ductos, equipos o instalaciones.
Se reitera que estará cometiendo delito grave quien sustraiga petrolíferos o petroquímicos de ductos, vehículos o instalaciones, así como quien los aproveche para disponer de ellos.
El volumen mínimo que se considera delito grave son 300 litros, según la ley.
Otros sujetos de sanción
Caerá en delito grave también quien comercialice o transporte productos que no contengan los marcadores y especificaciones de la autoridad competente o quien los altere o destruya, quien se ostente como propietario de algún predio donde exista una toma clandestina no denunciada y quien financie estos delitos, intimide u obligue a otros a realizarlos.
El dictamen aprobado en comisiones deberá votarse en el pleno de la Cámara Baja en los próximos días para su envío, modificaciones y aprobación en la Cámara de Senadores.