19 de Abril de 2024

TEPJF le da la razón al INE para frenar sobrerepresentación en San Lázaro.

TEPJF le da la razón al INE para frenar sobrerepresentación en San Lázaro.

Ciudad de México.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) reveló un proyecto que le da la razón al Instituto Nacional Electoral (INE) para frenar la sobrerepresentación en el Congreso, específicamente en estas elecciones en la Cámara de Diputados.

El proyecto del magistrado Felipe Fuentes Barrera, que será votado en próximos días, busca desechar la denuncia de Morena y el PES para darle la razón al INE sobre que "no puede considerarse que es permisible constitucional y legalmente que, mediante la aplicación del régimen de coaliciones se propicie una dinámica electiva, que limite el desarrollo de la representación política, hasta el grado de afectar la calidad democrática e integridad del actual sistema de partidos en México".

Según el magistrado, el acuerdo del INE tiene como finalidad que la autoridad responsable esté en posibilidad de ajustar la asignación de curules o escaños por el principio de representación proporcional a los parámetros constitucionales, para evitar la sobre o subrepresentación de los órganos legislativos.

Para ello se fijaron una serie de criterios, puesto que el INE verificará la afiliación efectiva de cada una de las candidatas y los candidatos triunfadores por el principio de mayoría relativa.

Afiliación afectiva al momento del registro de candidatura
Es decir, se considerará “afiliación efectiva”, aquélla que esté vigente al momento del registro de la candidatura.

"Se deberá verificar si las candidaturas ganadoras son militantes del partido por el que fueron postuladas. En caso de que la persona candidata esté afiliada a un partido integrante de la coalición distinto al que la postuló, para efectos de la asignación de diputaciones representación proporcional, estas candidaturas se contabilizarán a favor del partido respecto del cual mantengan una “afiliación efectiva”, precisa el documento.

En caso de que la candidatura triunfadora no tenga una afiliación efectiva a alguno de los partidos que la postularon, el triunfo será contabilizado en los términos de lo expresado por el convenio de coalición aprobado, procurando que, en la asignación de diputaciones de representación proporcional, se refleje el mayor equilibrio posible entre el porcentaje de votos y el porcentaje de escaños de todas las fuerzas políticas que hayan obtenido al menos el 3% de la votación.

Por Misael Zavala

 

Por: El Heraldo de México

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